domingo, 1 de septiembre de 2019







ASPECTOS OCULTOS Y OTROS NO ABORDADOS

P R E G U N T A: Le escuché decir por radios que no ha aflorado que los más pobres entrarán en formalidades tributarias y en numerosos casos pagar impuestos por primera vez. Por otro lado, que la reforma ni siquiera aborda el impuesto inmobiliario rural y tampoco impuestos disuasivos a los que deforestan en forma masiva e ilegal y tampoco a la fumigación de plantíos con gases tóxicos y tampoco el vertido de residuos tóxicos en rios y arroyos. ¿Puede hacernos aquí un resumen escrito al respecto?

R E S P U E S T A: Efectivamente, el Proyecto de Ley de Modernización Tributaria tiene tópicos absolutamente no abordados, como los citados en dicha entrevista y resumidos aquí por usted, así como aspectos muy buenos y otros absolutamente regresivos y antisociales.

LO NO ABORDADO. No se trata ni se menciona la necesidad de aumentar las tasas del impuesto inmobiliario rural (IIR), que se halla atrasadísimo respecto de los precios de mercado. Es cierto que eso es competencia de los municipios, pero la Dirección Nacional de Catastro sigue estando en la jurisdicción del Gobierno Central. Lo recaudado por el IIR es inferior a lo que se abona al funcionario municipal encargado de la verificación del pago del mismo. En algunos casos extremos, las tierras más ricas del país se gravan con el IIR por un importe anual y por hectárea que es comparable con el precio del pasaje urbano en las ciudades del Departamento Central.
No tiene trato impositivo en el Proyecto de Ley la masiva deforestación de bosques. Nuestro país se ha vuelto ya uno de los peores depredadores del hábitat natural. Eso altera el régimen de lluvias, con temporadas copiosas o carentes de ellas, empeorando el cambio climático. Deberían instalarse en nuestra legislación tributaria impuestos disuasivos para los que echan bosques ilegalmente y a mansalva así como para los que utilizan gases tóxicos en las plantaciones y a los que echan en nuestros rios y arroyos desechos tóxicos de sanatorios, fábricas y otros establecimiento con residuos insalubres.

ASPECTOS POSITIVOS. Realmente ayudará a la simplificación de los impuestos directos unificarlos en una sola categoría, sin aumentar las tasas: las de las rentas comerciales, industriales y de servicios (IRACIS), las agropecuarias (IRAGRO) así como las del pequeño contribuyente (IRPC) se juntan en el Impuesto a la Renta Empresarial IRE. El IRE permite compensar la pérdida fiscal con las rentas netas de los próximos ejercicios hasta un máximo de 5 años. Otro beneficio que sólo estaba previsto en el IRAGRO, es que el IRE permite determinar la renta neta imponible en la enajenación de inmuebles aplicando el 30% sobre el valor de venta. En el actual IRACIS, no está permitido.

FORMALIDADES Y PAGOS OBLIGATORIOS A LOS PEQUEÑOS. En el actual IRAGRO, los microproductores, personas físicas con ingresos inferiores a 36 salarios mínimos anuales, están exonerados del impuesto. Sin embargo, el Proyecto plantea que tanto los microcomerciantes urbanos, como los microproductores rurales pasarán a tributar por el régimen RESIMPLE, establecido para quienes tienen ingresos inferiores a 80 millones de guaraníes al año. En el régimen RESIMPLE no hará falta realizar la determinación del impuesto, pero tendrá una suma fija mensual a ser pagada desde G 20.000 para aquellos con ingresos inferiores a 20 millones de guaraníes  hasta G 80.000 para aquellos ingresos de 60 a 80 millones de guaraníes anuales. Proyecto en su Art. 27º: “Los contribuyentes del RESIMPLE deberán emitir el comprobante de venta, respaldar sus compras con documentos legales y presentar declaración jurada en los términos que establezca la reglamentación.”

Otra exoneración que fue eliminada es el IVA a las personas físicas que prestan servicios personales de forma independiente con ingresos brutos inferiores a un salario mínimo en el año civil anterior. Llama la atención que la única exoneración a estratos inferiores se da en el Impuesto a la Renta Personal para las personas físicas con ingresos inferiores a 80 millones de guaraníes. Esta exoneración debería valer para todos los pequeños.

Dr. Ricardo Rodríguez Silvero
                                                                                        27 de junio de 2019 13 hs b

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