domingo, 1 de septiembre de 2019


ABOGACIA DEL TESORO DECRETO Nº 1295/19- NUEVAS DISPOSICIONES SOCIETARIAS

Tengo una Sociedad Anónima, y tome conocimiento por medios periodísticos de que el Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1295/19, que modifica el Decreto 9043/18 que reglamenta la Ley 5895/17 sobre Acciones y las actividades societarias, poco antes de empezar el calendario de vencimientos establecido por la Abogacía del Tesoro para el inicio de la aplicación de multas conforme al calendario.

PREGUNTA 1: Quiero saber en qué consisten las modificaciones introducidas?

R E S P U E S T A  1: 
Las principales modificaciones introducidas en el Decreto Nº 1295/19 están referidas al: 1) Articulo Nº 9 sobre la Transferencia de Acciones y las condiciones establecidas para la comunicación a la Abogacía del Tesoro, donde se establece que todas las sociedades, cuyo capital social está constituido por acciones, incluidas las sociedades en comandita por acciones, deberán comunicar todas las trasferencias de acciones en un plazo máximo de 5 días hábiles, con los siguientes datos: Nombre del Vendedor y comprador de las acciones, numero de cedula de identidad civil o RUC, domicilio, número y valor nominal de las acciones y si a partir de dicha transferencia se constituye o no en beneficiario final.

Entiéndase como beneficiario final a las personas físicas que directa o indirectamente presenten una de estas situaciones: a) Posea como mínimo el 10% de las acciones de participación accionaria; b) Ejerce incluso a través de otros medios el control efectivo final sobre una sociedad; c) Usa o disfruta o se beneficia de los activos que son propiedad de la sociedad o en cuyo nombre o beneficio se realiza una transacción de la sociedad.

CNV. La Comisión Nacional de Valores será la encargada de efectuar las transferencias de acciones realizadas en las sociedades anónimas emisoras de valores de oferta pública, operantes dentro del mercado de valores de manera periódica, teniendo las mismas obligaciones y responsabilidades asignadas a las sociedades y a los socios establecidas en la Ley.

2) Articulo Nº 10 inciso 1, relacionado a la Inscripción en la Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda que establece que todas las Sociedades que se encuentran obligadas a la inscripción que han sido constituidas con posterioridad a la vigencia de este decreto deben inscribirse ante dicha dependencia conforme a las disposiciones legales vigentes, a más tardar en un plazo perentorio 45 días hábiles de la inscripción en la Dirección General de los Registros Públicos. Siendo este mismo plazo el otorgado para la inscripción de toda modificación, fusión, transformación, y disolución acompañado de la escritura pública correspondiente, y la constancia de inscripción en los registros Públicos. Las sociedades que se encuentran obligadas a la inscripción que han sido constituidas con anterioridad el presente Decreto, deberán inscribirse ante dicha dependencia acompañado de la copia de la escritura de constitución, modificación por cambio de denominación, transformación del tipo de sociedad, fusión y las últimas cinco modificaciones, si las hubiere a más tardar en un plazo perentorio de 90 días hábiles de la vigencia de la presente reglamentación.

3) Articulo Nº 14 inciso 6, relacionado a las infracciones sobre comunicaciones asamblearias fuera de plazo, que establece que el incumplimiento de la obligación de comunicar la realización de asambleas ordinarias y extraordinarias en el plazo establecido, implicara la suspensión de tramitación de cualquier presentación ante el Departamento de Registro y fiscalización de Sociedades de la Abogacía del Tesoro, mientras dure el incumplimiento. 

PREGUNTA 2: En que afectan estas modificaciones a mi empresa?

R E S P U E S T A 2: Estas nuevas disposiciones otorgan un mayor plazo para el cumplimiento de las obligaciones especificadas más arriba. Por otra parte en relación a la comunicación de los actos asamblearios fuera de plazo han establecido un bloqueo administrativo ante esa dependencia, exonerando de las altas multas establecidas inicialmente, permaneciendo vigentes todas las demás disposiciones.


24 de febrero de 2019

Lic. Lilian Torres Aguilar




22 de febrero de 2019
Lic. LilianTorresAguilar

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