ABOGACIA
DEL TESORO DECRETO Nº 1295/19- NUEVAS DISPOSICIONES SOCIETARIAS
Tengo una Sociedad Anónima, y tome conocimiento por medios
periodísticos de que el Ministerio de Hacienda emitió el Decreto 1295/19, que
modifica el Decreto 9043/18 que reglamenta la Ley 5895/17 sobre Acciones y las
actividades societarias, poco antes de empezar el calendario de vencimientos
establecido por la Abogacía del Tesoro para el inicio de la aplicación de
multas conforme al calendario.
PREGUNTA 1: Quiero saber en qué consisten las
modificaciones introducidas?
R E S P U E S T A 1:
Las principales modificaciones
introducidas en el Decreto Nº 1295/19 están referidas al: 1) Articulo Nº 9 sobre
la Transferencia de Acciones y las condiciones establecidas para la
comunicación a la Abogacía del Tesoro, donde se establece que todas las sociedades, cuyo capital social está
constituido por acciones, incluidas las sociedades en comandita por acciones,
deberán comunicar todas las trasferencias de acciones en un plazo máximo de 5
días hábiles, con los siguientes datos: Nombre del Vendedor y comprador de las
acciones, numero de cedula de identidad civil o RUC, domicilio, número y valor
nominal de las acciones y si a partir de dicha transferencia se constituye o no
en beneficiario final.
Entiéndase como beneficiario final a las personas físicas que directa o
indirectamente presenten una de estas situaciones: a) Posea como mínimo el 10%
de las acciones de participación accionaria; b) Ejerce incluso a través de
otros medios el control efectivo final sobre una sociedad; c) Usa o disfruta o
se beneficia de los activos que son propiedad de la sociedad o en cuyo nombre o
beneficio se realiza una transacción de la sociedad.
CNV. La Comisión Nacional de Valores será la
encargada de efectuar las transferencias de acciones realizadas en las sociedades
anónimas emisoras de valores de oferta pública, operantes dentro del mercado de
valores de manera periódica, teniendo las mismas obligaciones y
responsabilidades asignadas a las sociedades y a los socios establecidas en la
Ley.
2) Articulo Nº 10 inciso 1,
relacionado a la Inscripción en la Abogacía del Tesoro del Ministerio de
Hacienda que establece que todas las Sociedades que se encuentran obligadas a
la inscripción que han sido constituidas con posterioridad a la vigencia de
este decreto deben inscribirse ante dicha dependencia conforme a las
disposiciones legales vigentes, a más tardar en un plazo perentorio 45 días
hábiles de la inscripción en la Dirección General de los Registros Públicos. Siendo este mismo plazo el otorgado para la
inscripción de toda modificación, fusión, transformación, y disolución
acompañado de la escritura pública correspondiente, y la constancia de
inscripción en los registros Públicos. Las
sociedades que se encuentran obligadas a la inscripción que han sido
constituidas con anterioridad el presente Decreto, deberán inscribirse ante
dicha dependencia acompañado de la copia de la escritura de constitución,
modificación por cambio de denominación, transformación del tipo de sociedad,
fusión y las últimas cinco modificaciones, si las hubiere a más tardar en un
plazo perentorio de 90 días hábiles de la vigencia de la presente
reglamentación.
3) Articulo Nº 14 inciso 6,
relacionado a las infracciones sobre comunicaciones asamblearias fuera de plazo,
que establece que el incumplimiento de la obligación de comunicar la
realización de asambleas ordinarias y extraordinarias en el plazo establecido,
implicara la suspensión de tramitación de cualquier presentación ante el
Departamento de Registro y fiscalización de Sociedades de la Abogacía del
Tesoro, mientras dure el incumplimiento.
PREGUNTA 2: En que afectan estas modificaciones a mi
empresa?
R E S P U E S T A 2: Estas nuevas disposiciones otorgan un mayor
plazo para el cumplimiento de las obligaciones especificadas más arriba. Por
otra parte en relación a la comunicación de los actos asamblearios fuera de
plazo han establecido un bloqueo administrativo ante esa dependencia,
exonerando de las altas multas establecidas inicialmente, permaneciendo vigentes
todas las demás disposiciones.
24 de febrero de 2019
Lic. Lilian Torres Aguilar
22 de febrero de 2019
Lic. LilianTorresAguilar
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